Coordinación con Instancias de Seguridad Privada
Objetivo
Dar cumplimiento a la Ley número 553 del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y lo que este ordenamiento dispone en materia de Seguridad Privada. Así como lo dispuesto por numeral 142 Apartado "B" del Código Financiero del Estado, Artículos 18 TER de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado y 19 Fracción IX.
Política
La Secretaría de Seguridad Pública y el Consejo Estatal de Seguridad Pública tienen la responsabilidad de regular los servicios de Seguridad Privada en el Estado y el personal orgánicamente encargado de ello, se basa en su actuación bajo los principios de:
- Legalidad
- Eficiencia
- Profesionalismo
- Honradez
¿Qué son los servicios de seguridad privada?
Los Servicios de Seguridad Privada se explican y justifican por la razonable necesidad de las instituciones de Seguridad Pública para que las personas físicas y morales que los ofrecen y en su caso presten, coadyuven con el gobierno en acciones que prevengan y combatan las actividades ilícitas de la delincuencia simple y organizada, participando en las modalidades previstas en el Artículo 133, fracciones I, II, III y IV de la Ley Número 553 del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Ignacio de la Llave.
Principales actividades:
- Regular y controlar la prestación de los servicios seguridad privada en el Estado de Veracruz;
- Controlar el registro de elementos operativos y administrativos que presten servicios dentro del Estado;
- El personal de empresas de Seguridad Privada está capacitado: es requisito indispensable que los empresarios presenten los programas y cursos básicos de capacitación sancionados por la Delegación Federal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ó las constancias originales de haber realizado dichos cursos en la Academia Estatal de Policía, con la finalidad tener la certeza que en situaciones de urgencia coadyuven con las instituciones de Seguridad Pública con personal calificado.

- Evaluar los servicios de Seguridad Privada dentro del Estado que cumplan con lo señalado por la Ley Número 553 del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Veracruz, según lo previsto en sus Artículos 127 y 128. Asimismo, lo dispuesto en el Artículo 142, Apartado "B" del Código Financiero del Estado y la Ley Orgánica del Ejecutivo del Estado.
- Llevar a cabo Visitas Domiciliarias de Supervisión y Verificación dos veces al año a todas la empresas que se encuentran reguladas por la Secretaria de Seguridad Pública y por este Consejo Estatal para que sigan los lineamientos de la materia, como son cumplir con los requisitos señalados por esta disposicion y el Código Financiero de esta entidad;
- Llevar a cabo Visitas de Supervisión y Verificación a todas las empresas que se encuentran en proceso de Autorización Inicial por la Secretaria de Seguridad Pública y por este Consejo Estatal de Seguridad Pública con la finalidad de verificar si cumplen con lo establecido en Artículo 142 de la Ley Número 553, en vigor.
- Llevar a cabo previa denuncias anonimas, Visitas de Inspección General y Periodicas en todo el Estado de Veracruz, a aquellas empresas que se encuentran al margen de la ley, ya sea por que cumplen con el permiso federal y se niegan a regularizar su situación jurídica dentro del Estado o bien se encuentran totalmente al margen de la ley;

- Elaborar Resoluciones Administrativas de Autorización Inicial y Ratificación de Autorización o Rivalidación de Empresas de Seguridad Privada que han dado cumplimiento con sus obligaciones fiscales para la prestación del servicio dentro del Estado;
- Formular Notificación de Apercibimiento conforme al Artículo 166, de la Ley Número 553 del Sistema Estatal del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demas sanciones y como lo marca la ley de la materia o en su caso de manera supletoría como lo ordena el Código Financiero del Estado para aquellas empresas ya sean reguladas o estén al margen de la ley, que violen los preceptos legales;
¿Qué acciones se han tomado para la regulación de empresas de Seguridad Privada?
Esta Área previo Acuerdo de la Secretaria de Seguridad Pública y este Consejo Estatal de Seguridad Pública, hemos formulado Denuncias ante el Ministerio Público en contra de empresas de seguridad privada que se encuentran al margen de la ley.